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15/05/2025

Novedades sobre la declaración de la renta de 2024

Escrito por Josep Patau

La Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, que se presenta en 2025, introduce varias modificaciones significativas en el sistema tributario español. A continuación, se destacan las principales novedades:​

  1. Modificación de los umbrales de obligatoriedad para presentar la declaración:

Se han ajustado los límites de ingresos que obligan a los contribuyentes a presentar la declaración:​

  • Un único pagador: Los trabajadores que hayan tenido un solo pagador y hayan percibido ingresos superiores a 22.000 euros brutos anuales están obligados a declarar.​
  • Múltiples pagadores: Para aquellos con más de un pagador, la obligación de declarar se establece si los ingresos anuales superan los 15.876 euros, siempre que las percepciones del segundo y restantes pagadores acumulen más de 2.500 euros. ​
  • Autónomos y trabajadores del mar: Independientemente de sus ingresos, estos colectivos deben presentar la declaración. ​
  1. Ampliación de las deducciones fiscales:

Se han introducido nuevas deducciones y se han incrementado algunas existentes:​

  • Autónomos con trabajadores a cargo: Pueden aplicar una deducción de hasta el 10% en la cuota íntegra por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial, siempre que sus rentas no superen los 27.000 euros. ​
  • Obras de rehabilitación de vivienda: Se ofrece una deducción de hasta el 60% en los gastos derivados de estas obras.​
  • Compra de vehículos eléctricos: Se establece una deducción de hasta el 15% en la adquisición de estos vehículos desde el 30 de junio de 2023.​
  • Deducción por maternidad: Se amplía la deducción por maternidad a 1.200 euros, con la posibilidad de incrementar hasta 1.000 euros adicionales por gastos de guardería.​
  • Trabajos para empresas extranjeras: Se exime de tributación, con un límite de 60.100 euros anuales, a quienes realicen trabajos para empresas del extranjero que apliquen un impuesto similar al IRPF y no sean consideradas paraísos fiscales. ​
  1. Cambios en la presentación y modificación de la declaración:
  • Nuevos métodos de pago: Se incorporan opciones adicionales para el pago de la deuda tributaria, permitiendo el uso de tarjeta de crédito y Bizum, además de los métodos tradicionales. ​
  • Autoliquidación rectificativa: Se establece este procedimiento como el método general para corregir errores en declaraciones previamente presentadas.​
  1. Obligación de declarar para perceptores de prestaciones por desempleo:
  • Presentación obligatoria pospuesta: Inicialmente, se había previsto que los beneficiarios de prestaciones por desempleo debieran presentar la declaración de forma obligatoria a partir de la campaña de la Renta 2024-2025. Sin embargo, esta obligación se ha pospuesto hasta la campaña de la Renta 2025-2026, por lo que en la actual campaña no será obligatorio para estos contribuyentes. ​
  1. Fechas clave de la campaña de la Renta 2024-2025:
  • Inicio de la campaña: La presentación de declaraciones comienza el 2 de abril de 2025.​
  • Atención telefónica: A partir del 6 de mayo, con posibilidad de solicitar cita desde el 29 de abril.​
  • Atención presencial: Desde el 2 de junio, previa cita solicitada entre el 29 de mayo y el 28 de junio.​
  • Finalización de la campaña: El plazo concluye el 30 de junio de 2025, excepto para domiciliaciones bancarias, cuyo límite es el 25 de junio. ​

Estas modificaciones buscan adaptar el sistema tributario a las nuevas realidades económicas y sociales, ofreciendo incentivos fiscales en áreas específicas y ajustando los procedimientos de presentación y pago para facilitar el cumplimiento tributario.​